LEY 37/2011,DE 10 DE OCTUBRE,DE MEDIDAS DE AGILIZACIÓN PROCESAL

Hola amig@s.Esta ley supone un paso hacia la consolidación del llamado desahucio exprés.Así,a partir de ahora uan vez presentada la demanda por impago de rentas,el secretario judicial dará diez días al inquilino para que abone la cantidad adeudada,abandone la vivienda o presente las alegaciones por las que se opone al pago.
Si transcurrido dicho plazo el demandado no ha realizado alguna de las anteriores actividades,el secretario judicial procederá directamente a fijar la fecha para el lanzamiento,previa solicitud del propietario.
Con la reforma actual,el derecho a recuperar la vivienda puede ser reconocido en un plazo de diez días,si bien en la realidad este plazo tan corto dependerá del trabajo acumulado en le Juzgado y de la disponibilidad de fechas para la realización de las actuaciones.¿Os parece que esta ley cumplira con su objetivo?Disfrutad del comienzo de semana.

Un pensamiento en “LEY 37/2011,DE 10 DE OCTUBRE,DE MEDIDAS DE AGILIZACIÓN PROCESAL

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

*

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>