Le proponemos la mejor solución para realizar la gestión y asesoramiento integral ante los siguientes actos. Deje sus asuntos en las mejores manos.
- Declaración de Herederos
- Herencias
- Testamentos
La intervención de un abogado especializado (abogado experto en herencias) en la materia de sucesiones es fundamental para evitar problemas y recibir un asesoramiento adecuado. Las competencias que tienen atribuidas numerosas autonomías en esta materia constituyen un mapa con distintas peculiaridades. Al margen del sistema general están Cataluña, País Vasco, Navarra, Aragón, Galicia e Islas Baleares, con códigos forales propios que les permiten legislar de forma independiente el reparto de una herencia. qué dice el Código Civil sobre cómo repartir una herencia en el territorio general? En este aspecto cobra mucha importancia la legítima, un concepto que hace referencia a la parte de los bienes que el testador no tiene a su disposición. Por ley, ésta es la parte de la herencia que reciben los herederos forzosos. El orden de preferencia es (artículo 806 del Código Civil):
Hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
Padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
Cónyuge.
En caso de que no exista testamento, el orden de sucesión sería:
Hijos y descendientes de estos.
Padres y ascendientes (abuelos).
Cónyuge.
Hermanos e hijos de hermanos.
Resto de familiares colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad.
El Estado.
Quienes más derechos tienen son los hijos y sus sucesores. Si no hay hijos o nietos, heredarán los ascendientes: primero los padres y luego el resto, según proximidad. A falta de los anteriores, hereda el cónyuge viudo. En defecto de descendientes, ascendientes y cónyuge, se abre la línea colateral, es decir, el reparto se realiza entre hermanos, sobrinos y familiares hasta el cuarto grado. En último lugar, heredará el Estado.